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viernes, 19 de noviembre de 2010

Replica de LIDECO a declaraciones del asesor letrado de la Cooperativa de Rufino

"Como  responsables y asesores letrados de la Liga en Defensa del Consumidor LI DE CO de la ciudad de Venado Tuerto ,y ante un artículo aparecido en un medio escrito de la ciudad de Rufino en fecha 13 de noviembre por el cual perjudica ampliamente a la institución y a usuarios de de los servicios públicos de Rufino , nos vemos en la obligación de comunicar a la población de Rufino, que dicho artículo es totalmente desajustado por no reflejar la realidad de lo ocurrido, poniendo en duda nuestro profesionalismo y trayectoria que a lo largo de todo este tiempo hemos sabido construir  haciendo alusiones descalificantes a la institución que representamos, poniendo en dudas las denuncias realizadas por los usuarios contra la cooperativa eléctrica.

EN CONSECUENCIA NO ES REAL QUE:

  • El asesor letrado Dr. Bernardo de Estrada propusiera que la cooperativa suspenda los servicios sociales por 90 días.

  • Que la cooperativa  puso en la boleta la leyenda aclarando que  la adhesión a los servicios es voluntaria. La leyenda que se incluyo  no esta en forma destacada y pasa inadvertida. Además no es clara en su concepto, ya que debería decir “Si Ud. quiere los servicios anexos que presta la cooperativa debe dar su consentimiento. Art.  35 ley 24.240”.

  •  No es real que LI DE CO no se presento en la audiencia de conciliación en fecha 26 de octubre.-

  • No es real que  se había llegado un acuerdo, solo hubo posiciones de cada una de las partes la Coop. Eléctrica de Rufino propuso poner una frase en las facturas,”…los servicios sociales son voluntarios…” que nada tiene que ver con el fondo del reclamo, LIDECO reclamó  “…Lo que requerimos en concreto es que los servicios  sean facturados por separado y/o troquelados por separado…”, es decir se solicito que se facture por separado el servicio público  eléctrico de  los servicios anexos y las autoridades de la Dirección de Comercio Interior manifestó “…que los hechos denunciados podrían encuadrar en la normativa de los arts. 04, 35, 37 y 10 bis de la Ley de Defensa del Consumidor y art.  2  Ley de Defensa de la Competencia…”.-

  •  No es real que queremos coaccionar, destruir el servicio de emergencias o servicio de sepelios.

  • LI DE CO  jamás ha solicitado el cierre de dichos servicios, sólo la facturación por separado y/o troquelado para que el usuario tenga la posibilidad de abonar de acuerdo a sus posibilidades.

Por todo lo expuesto nos sentimos preocupados por la gran desinformación que se genera a través de dicha publicación, no solo para la sociedad entera sino también para los socios y usuarios de la cooperativa mediante los dichos del Dr. Martín Chasco asesor letrado de la Cooperativa, tal vez interpreto mal o bien no tiene la  capacidad intelectual suficiente de interpretar lo que se trata en las reuniones. Por lo que tragiversa lo manifestado por los representantes de LIDECO y de la Autoridad de Aplicación".-
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Dr.Bernardo de Estrada, Dr.Juan Pablo Burich y Dr.Pablo Moller Jensen

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AV. COBO 440. RUFINO, - SANTA FE - .ARGENTINA.

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